Eutanasia en Colombia ya no exigirá fase terminal: nuevas reglas amplían el derecho a morir dignamente
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 000813 del 28 de abril de 2026 y redefinió las condiciones para acceder a la eutanasia en el país. A partir de ahora, las personas con enfermedades graves e incurables podrán solicitar este procedimiento aunque no se encuentren en fase terminal, siempre que enfrenten un sufrimiento intenso y cumplan criterios médicos y legales.
La decisión responde a una línea de fallos de la Corte Constitucional de Colombia, que durante más de una década ha consolidado el derecho a morir dignamente y ha ordenado eliminar barreras en su acceso. En ese contexto, el Gobierno unificó en un solo marco regulatorio las reglas para pacientes, instituciones de salud y profesionales.
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Sin embargo, el acceso a la eutanasia no será automático. Cada solicitud deberá pasar por evaluaciones médicas rigurosas, el consentimiento libre e informado del paciente y la revisión de comités de bioética. Además, la petición deberá expresarse de forma clara y reiterada.
Por otra parte, la norma fortalece la adecuación de los esfuerzos terapéuticos. En consecuencia, los pacientes podrán rechazar tratamientos que prolonguen la vida sin ofrecer mejoría, lo que evita el ensañamiento terapéutico. Asimismo, la resolución precisa que el personal médico no deberá mantener funciones vitales mediante medios artificiales cuando no exista expectativa de recuperación o se presente muerte cerebral.
De igual forma, el documento impulsa el uso de voluntades anticipadas y exige reforzar los comités de bioética. Finalmente, establece que los cuidados paliativos deberán garantizarse de manera integral, con el fin de asegurar el manejo del dolor y el acompañamiento en todas las etapas de la enfermedad

